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Documentación necesaria para comprar una sociedad ya constituida

La documentación necesaria para comprar una sociedad no se limita al DNI del comprador. Incluye la identificación de socios, administrador y titular real, los datos de los cambios que se realizarán y la revisión de la documentación fiscal, mercantil y contable de la sociedad que se transmite.

Una parte de los documentos sirve para firmar ante notario. Otra parte sirve para comprobar qué se está comprando. Confundir ambas cuestiones es peligroso: una operación puede llegar a firmarse y, aun así, estar mal revisada.

Cuando se adquieren participaciones sociales no se compra únicamente un nombre, un NIF o una fecha de constitución. Se adquiere la propiedad de una sociedad que conserva su personalidad jurídica, su historial, sus obligaciones y las posibles incidencias que existan. Por eso la documentación debe revisarse antes de reservar y, especialmente, antes de firmar.

Índice

Qué documentación necesaria para comprar una sociedad hay que preparar

La documentación necesaria para comprar una sociedad puede dividirse en tres grandes grupos:

  1. Documentación que debe aportar el comprador.
  2. Documentación que debe entregar o acreditar el vendedor.
  3. Información necesaria para preparar los cambios societarios posteriores.

No todos los expedientes exigen exactamente lo mismo. Depende de si compra una persona física o una sociedad, de la nacionalidad de los intervinientes, de si se firma personalmente o por poder, de la forma social y de los cambios que se quieran formalizar.

Bloque documentalPara qué sirveQuién lo aporta
IdentificaciónIdentificar a compradores, representantes y titular realComprador
Documentación societariaComprobar existencia, capital, estatutos y administraciónVendedor
Información fiscal y contableRevisar obligaciones, actividad, cuentas y posibles incidenciasVendedor
Datos de los cambiosPreparar administrador, domicilio, objeto, denominación o poderesComprador
Documentación notarialFormalizar la transmisión y los acuerdos necesariosAmbas partes

Documentación del comprador persona física

La documentación del comprador persona física debe permitir identificar correctamente a cada persona que adquiere participaciones y, cuando proceda, a quien asumirá la administración de la sociedad.

Habitualmente se solicita:

  • DNI en vigor, cuando el comprador es español.
  • NIE y documento de identidad o pasaporte, cuando el comprador es extranjero.
  • Pasaporte en vigor, cuando proceda.
  • Domicilio completo.
  • Nacionalidad.
  • Estado civil y régimen económico matrimonial, cuando sean necesarios para la escritura.
  • Profesión u ocupación, si la notaría la requiere para identificar al compareciente.
  • Teléfono y correo electrónico para la coordinación del expediente.

Los documentos deben estar vigentes y ser legibles. Una fotografía recortada, un pasaporte caducado o un NIE sin el documento de identidad correspondiente pueden retrasar la preparación de la escritura.

Cuándo basta con el DNI y cuándo hace falta más

Cuándo basta con el DNI y cuándo hace falta más documentación depende de quién compre, cómo se firme y de las circunstancias del expediente. En una operación sencilla, realizada por un comprador español que firma personalmente, la identificación puede ser directa. Sin embargo, pueden ser necesarios documentos adicionales cuando:

  • El comprador es extranjero.
  • La adquisición se realiza mediante representante.
  • Compra otra sociedad.
  • Hay varios compradores con porcentajes distintos.
  • El origen de los fondos requiere información adicional.
  • La notaría necesita aclarar el régimen matrimonial o la representación.

La notaría y las entidades financieras pueden solicitar información complementaria para cumplir sus obligaciones de identificación y prevención del blanqueo de capitales. No debe interpretarse como una incidencia específica de la operación.

Documentación para comprar una sociedad con NIE o pasaporte

La documentación para comprar una sociedad con NIE o pasaporte debe permitir identificar correctamente al comprador extranjero antes de preparar la operación.

Normalmente tendrá que aportar:

  • NIE español.
  • Pasaporte o documento nacional de identidad en vigor.
  • Domicilio en España o en el extranjero.
  • Nacionalidad.
  • Datos sobre su estado civil, cuando proceda.
  • Información sobre el origen de los fondos, si es requerida.

El NIE identifica fiscalmente al extranjero en España, pero no sustituye al pasaporte ni acredita por sí solo la identidad completa del comprador. Por eso es habitual aportar ambos documentos.

Cuando una persona todavía no tiene NIE, debe revisarse el caso antes de fijar la firma. Dependiendo de la operación, puede ser necesario obtenerlo previamente o preparar una representación adecuada.

Documentación cuando compra otra sociedad

La documentación cuando compra otra sociedad debe acreditar tanto la existencia de la entidad compradora como las facultades de la persona que actúa en su representación.

Puede solicitarse:

  • Escritura de constitución de la entidad compradora.
  • Estatutos vigentes.
  • NIF o número de identificación equivalente.
  • Información registral actualizada.
  • Escritura de nombramiento o poder del representante.
  • Documento de identidad del representante.
  • Acuerdo societario de compra, cuando sea necesario.
  • Identificación de las personas físicas que ostentan la titularidad real.

Si la sociedad compradora es extranjera, los documentos pueden necesitar traducción jurada, apostilla o legalización. Depende del país de origen, del documento y del criterio aplicable al expediente.

Poder notarial para comprar una sociedad

El poder notarial para comprar una sociedad permite que el comprador actúe mediante un apoderado cuando el documento contiene facultades suficientes para los actos que se van a formalizar.

El poder debe permitir, según los actos previstos:

  • Comprar las participaciones sociales.
  • Pagar o declarar el precio y la forma de pago.
  • Comparecer ante notario.
  • Participar en juntas generales.
  • Votar el cese y nombramiento de administradores.
  • Aprobar cambios de domicilio, objeto o denominación, si se incluyen.
  • Firmar documentos complementarios y subsanar defectos, cuando proceda.

No todos los poderes generales sirven para cualquier compraventa. Conviene revisar el documento antes de reservar fecha en la notaría. Si el poder se firma en el extranjero, también puede ser necesaria su apostilla, legalización o traducción.

Datos de los nuevos socios y porcentajes de compra

Los datos de los nuevos socios y los porcentajes de compra deben quedar definidos con precisión antes de preparar la transmisión.

Antes de preparar la escritura de compraventa de participaciones deben concretarse:

  • Quiénes serán los nuevos socios.
  • Qué número de participaciones adquiere cada uno.
  • Qué porcentaje representará cada adquisición.
  • Qué precio corresponde a cada comprador.
  • Cómo se realizará el pago.
  • Si la sociedad quedará con un único socio.

No es suficiente indicar que dos personas compran “a medias”. El reparto debe coincidir con la numeración de las participaciones, el capital social y la documentación de la sociedad.

Cuando una sociedad pasa a tener un único socio, la unipersonalidad debe tratarse correctamente. También debe actualizarse el libro registro de socios para que refleje la nueva titularidad.

Identificación del titular real

La identificación del titular real exige determinar qué persona física posee o controla directa o indirectamente la sociedad conforme a los criterios legales aplicables.

En una compraventa deben identificarse los nuevos titulares reales y comprobarse la estructura de propiedad. Esto es especialmente importante cuando:

  • Compra una persona jurídica.
  • Existen sociedades interpuestas.
  • Hay varios niveles de participación.
  • Ningún socio supera individualmente el porcentaje de referencia.
  • El control se ejerce por otros medios.

La información debe ser real y estar actualizada. No basta con indicar el nombre de un administrador cuando la propiedad o el control corresponden a otras personas.

Documentación del vendedor y de la sociedad

La documentación del vendedor y de la sociedad debe permitir acreditar que las participaciones pueden transmitirse y que la entidad coincide con las características ofrecidas al comprador.

La revisión básica debería incluir, según el caso:

  • Escritura de constitución.
  • Estatutos sociales vigentes.
  • Escrituras posteriores que afecten al capital, administración, domicilio, objeto o denominación.
  • Tarjeta o acreditación del NIF definitivo.
  • Información actualizada del Registro Mercantil.
  • Libro registro de socios.
  • Identificación de los titulares actuales de las participaciones.
  • Información sobre cargas, derechos o limitaciones que puedan afectar a las participaciones.
  • Situación del órgano de administración.
  • Documentación fiscal, contable y bancaria que corresponda.

El vendedor debe poder explicar de dónde procede la sociedad, quiénes son sus socios, si ha tenido actividad y qué obligaciones ha cumplido. Una compraventa no debería basarse únicamente en una nota simple y una manifestación verbal.

Escritura de constitución y estatutos vigentes

La escritura de constitución y los estatutos vigentes permiten conocer el origen de la sociedad y las reglas societarias que continúan siendo aplicables en el momento de la compra.

Los estatutos determinan aspectos esenciales como:

  • Denominación social.
  • Objeto social.
  • Domicilio.
  • Capital y participaciones.
  • Reglas de transmisión.
  • Formas de administración.
  • Convocatoria y funcionamiento de las juntas.

No debe revisarse únicamente la escritura inicial. Si ha habido ampliaciones de capital, cambios de denominación, traslados de domicilio o modificaciones del objeto, hay que trabajar con la versión vigente de los estatutos y las escrituras posteriores.

Libro registro de socios

El Libro Registro de Socios identifica la titularidad originaria y las sucesivas transmisiones de las participaciones de una Sociedad Limitada.

Antes de comprar conviene comprobar que:

  • El vendedor figura como titular de las participaciones.
  • La numeración coincide con el capital social.
  • No aparecen transmisiones contradictorias.
  • No constan gravámenes o derechos incompatibles con la venta.
  • El libro puede actualizarse después de la firma.

La compraventa de participaciones de una SL debe documentarse públicamente. La transmisión no se sustituye por una factura, una transferencia o un contrato privado sin más revisión.

Información registral de la sociedad

La información registral de la sociedad permite comprobar los principales datos inscritos de la entidad, entre ellos:

  • Denominación.
  • Domicilio social.
  • Capital inscrito.
  • Objeto social.
  • Administrador o administradores.
  • Poderes inscritos.
  • Situación de unipersonalidad, cuando conste.
  • Últimos depósitos de cuentas.
  • Posibles cierres registrales o incidencias visibles.

La información del Registro Mercantil es imprescindible, pero no sustituye una revisión completa. Determinadas deudas, contratos, notificaciones o incidencias fiscales no se conocen únicamente consultando el registro.

Certificados de una sociedad antes de comprarla

Los certificados de una sociedad antes de comprarla ayudan a comprobar determinados aspectos de su situación en una fecha concreta.

Cuando proceda, conviene revisar:

  • Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria.
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.
  • Certificado o información de situación censal.
  • Situación de las actividades económicas.
  • Estado del NIF.
  • Inscripción en ROI o VIES, cuando se ofrezca esa característica.

Un certificado positivo acredita el extremo concreto al que se refiere y en la fecha de expedición. No demuestra por sí solo que nunca haya existido una incidencia, que no pueda aparecer una liquidación posterior o que no existan obligaciones fuera de su alcance.

Por eso los certificados deben interpretarse junto con la contabilidad, las declaraciones presentadas y el historial documental disponible.

Cuentas anuales, contabilidad e impuestos

Las cuentas anuales, la contabilidad y los impuestos son una parte esencial de la revisión antes de comprar una sociedad ya constituida, especialmente para distinguir entre una entidad inactiva y otra que ha realizado operaciones.

La documentación puede incluir:

  • Cuentas anuales formuladas, aprobadas y depositadas.
  • Balances de situación.
  • Cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Libros contables.
  • Impuesto sobre Sociedades.
  • Declaraciones de IVA y retenciones, cuando proceda.
  • Modelos censales presentados.
  • Justificantes de presentación.
  • Requerimientos, comunicaciones o notificaciones recibidas.

Una sociedad sin facturación también puede tener obligaciones contables y fiscales. La palabra “inactiva” no significa que pueda carecer de cuentas o impuestos presentados.

Cómo comprobar que una sociedad no ha tenido actividad

Comprobar que una sociedad no ha tenido actividad no puede hacerse mediante un único documento que lo demuestre de forma absoluta y aislada.

La revisión debe apoyarse en varias señales coherentes:

  • Situación censal y actividades declaradas.
  • Ausencia de altas en determinadas actividades, cuando proceda.
  • Declaraciones fiscales presentadas.
  • Cuentas anuales y balances.
  • Movimientos bancarios disponibles.
  • Ausencia de trabajadores o códigos de cuenta de cotización, cuando proceda.
  • Historial de notificaciones y expedientes.
  • Manifestaciones y garantías incorporadas a la operación.

Cuanto más antigua sea la sociedad, mayor importancia tiene reconstruir su historial. La antigüedad puede ser comercialmente útil, pero también amplía el periodo que debe revisarse.

Deudas, contratos, trabajadores y procedimientos

Las deudas, contratos, trabajadores y procedimientos deben revisarse cuando la sociedad ha tenido actividad, porque la documentación fiscal y registral por sí sola puede no mostrar toda su situación.

También puede ser necesario revisar:

  • Deudas con proveedores.
  • Préstamos bancarios o de socios.
  • Avales y garantías.
  • Contratos vigentes.
  • Arrendamientos.
  • Trabajadores y obligaciones laborales.
  • Litigios y reclamaciones.
  • Subvenciones recibidas y compromisos pendientes.
  • Licencias y autorizaciones.
  • Activos, vehículos, inmuebles o participaciones.

Comprar una sociedad con actividad previa requiere una revisión más profunda. No debe tratarse como si fuera una entidad preconstituida sin operaciones.

Qué cambios debe indicar el comprador

Los cambios que debe indicar el comprador forman parte de la preparación de la operación, porque no basta con reunir documentos si no se define cómo quedará la sociedad después de la firma.

El comprador debe indicar si quiere cambiar:

  • Administrador.
  • Forma del órgano de administración.
  • Domicilio social.
  • Objeto social.
  • CNAE o actividad declarada.
  • Denominación social.
  • Poderes.
  • Cuenta bancaria.
  • Datos de contacto y domicilio fiscal.

La compraventa de participaciones y los cambios societarios son actos relacionados, pero no idénticos. Algunos cambios requieren acuerdos de junta, escritura pública e inscripción registral. Otros se comunican posteriormente a la Agencia Tributaria o a terceros.

Datos del nuevo administrador

Los datos del nuevo administrador deben facilitarse antes de preparar el cambio y deben permitir identificar correctamente a la persona que aceptará el cargo.

Habitualmente se necesita:

  • Documento de identidad.
  • NIE, si es extranjero.
  • Domicilio.
  • Fecha de nacimiento.
  • Nacionalidad.
  • Aceptación del cargo.
  • Declaraciones que procedan sobre incompatibilidades o prohibiciones.

Si el administrador es una persona jurídica, deberá designar una persona física para el ejercicio permanente de las funciones del cargo.

Domicilio, objeto social y denominación

El domicilio, el objeto social y la denominación deben definirse con datos completos antes de preparar las modificaciones societarias correspondientes.

Nuevo domicilio social

El nuevo domicilio social debe indicarse con la dirección completa: vía, número, planta, puerta, código postal, municipio y provincia. También conviene confirmar que el comprador puede utilizar legalmente esa dirección.

Nuevo objeto social

El nuevo objeto social debe describir adecuadamente las actividades que desarrollará la sociedad. No basta con indicar de forma genérica “servicios” o “comercio”, y debe comprobarse si alguna actividad está sujeta a autorización, titulación, colegiación o requisitos sectoriales.

Cambio de denominación

El cambio de denominación requiere solicitar y obtener la certificación correspondiente antes de formalizar la modificación del nombre de la sociedad.

Cuenta bancaria y origen de los fondos

La cuenta bancaria y el origen de los fondos deben revisarse por separado de la compraventa, porque la existencia de una cuenta no garantiza que el nuevo socio pueda utilizarla automáticamente después de la operación.

La entidad bancaria puede exigir:

  • Escritura de compraventa.
  • Escritura o certificación del nuevo administrador.
  • Información registral actualizada.
  • Identificación de socios y titulares reales.
  • Descripción de la actividad.
  • Justificación del origen de los fondos.
  • Documentación comercial o fiscal.

La apertura, mantenimiento o cambio de autorizados está sujeto a los controles internos y a la aceptación de la entidad financiera. No debe prometerse una cuenta operativa sin esa comprobación.

Documentos necesarios para reservar la sociedad

Los documentos necesarios para reservar la sociedad permiten iniciar el expediente y retirar una sociedad concreta del inventario mientras se prepara la operación.

Para iniciar el expediente suelen solicitarse:

  • Identificación de los compradores.
  • Porcentaje que adquirirá cada uno.
  • Datos del nuevo administrador.
  • Domicilio social previsto.
  • Actividad que se desarrollará.
  • Cambios solicitados.
  • Forma de firma, personal o mediante poder.
  • Justificante de la reserva, cuando se haya formalizado.

Puedes consultar la página de datos para la reserva de una sociedad para preparar la información inicial.

Qué documentos se firman en la compraventa

Los documentos que se firman en la compraventa dependen de la estructura de la operación y de los cambios societarios que se formalicen junto con la transmisión.

  • Escritura o documento público de transmisión de participaciones.
  • Acta o certificación de junta.
  • Cese del administrador anterior.
  • Nombramiento y aceptación del nuevo administrador.
  • Declaración de unipersonalidad, cuando corresponda.
  • Modificación de domicilio, objeto, denominación o estatutos.
  • Acta o declaración de titularidad real.
  • Poderes y documentos complementarios.

No todos los acuerdos tienen que incorporarse al mismo instrumento, y el contenido exacto depende de la estructura de la sociedad y de los cambios solicitados.

Documentación que debe recibir el comprador

La documentación que debe recibir el comprador debe distinguir entre lo que se entrega inmediatamente después de la firma y lo que se obtiene cuando finalizan los trámites posteriores.

Según la operación, puede recibir:

  • Copia de la escritura de transmisión.
  • Copia de los acuerdos sociales formalizados.
  • Escritura de constitución y estatutos.
  • NIF de la sociedad.
  • Libro registro de socios actualizado.
  • Certificados fiscales y de Seguridad Social disponibles.
  • Cuentas e impuestos que correspondan.
  • Historial documental y de notificaciones disponible.
  • Justificantes de presentación registral.
  • Documentación bancaria, cuando exista y pueda entregarse.

Debe quedar claro qué documentos forman parte de la entrega, qué trámites están incluidos y qué gestiones dependen de terceros como la notaría, el Registro Mercantil, la AEAT o la entidad bancaria.

Errores frecuentes al preparar la documentación

Los errores frecuentes al preparar la documentación suelen aparecer por falta de identificación, poderes insuficientes, datos incompletos o una revisión documental demasiado superficial.

  • Enviar documentos caducados o fotografías ilegibles.
  • No indicar el porcentaje que compra cada socio.
  • Confundir NIE con documento de identidad.
  • Utilizar un poder que no incluye facultades suficientes.
  • Elegir un objeto social demasiado genérico o incompatible con la actividad.
  • No revisar los estatutos antes de transmitir participaciones.
  • Dar por hecho que un certificado positivo elimina cualquier riesgo.
  • No comprobar cuentas, impuestos o notificaciones.
  • Prometer una cuenta bancaria operativa sin aceptación del banco.
  • Firmar antes de saber qué cambios deben inscribirse.

Checklist antes de comprar una sociedad ya constituida

El checklist antes de comprar una sociedad ya constituida permite comprobar que la documentación esencial y los cambios de la operación están definidos antes de firmar.

ComprobaciónEstado
Compradores identificados con documentos vigentesPendiente / Revisado
Porcentajes y participaciones definidosPendiente / Revisado
Nuevo administrador identificadoPendiente / Revisado
Titular real determinadoPendiente / Revisado
Poder notarial revisado, si existePendiente / Revisado
Escritura de constitución y estatutos comprobadosPendiente / Revisado
Libro registro de socios revisadoPendiente / Revisado
Información registral actualizadaPendiente / Revisado
Certificados tributarios y de Seguridad Social revisadosPendiente / Revisado
Cuentas, impuestos y situación censal comprobadosPendiente / Revisado
Actividad previa, deudas y contratos revisadosPendiente / Revisado
Cambios societarios definidosPendiente / Revisado
Documentación que se entregará al comprador confirmadaPendiente / Revisado

Cómo preparamos la documentación en VS Venta de Sociedades

La preparación de la documentación en VS Venta de Sociedades comienza confirmando quién compra, cómo se distribuyen las participaciones, quién asumirá la administración y qué cambios necesita el proyecto.

La operación se organiza en cuatro fases:

Identificación del comprador

La identificación del comprador incluye la documentación personal, los porcentajes de adquisición, la identificación del administrador y la información necesaria sobre el titular real.

Revisión de la sociedad

La revisión de la sociedad comprende la documentación mercantil, fiscal y registral disponible, incluidos los certificados, la situación censal, las cuentas y el historial de notificaciones que corresponda.

Preparación de los cambios

La preparación de los cambios permite definir administrador, domicilio, objeto social, denominación, poderes y demás acuerdos solicitados.

Firma y entrega documental

La firma y entrega documental incluye la coordinación con la notaría y la definición de qué documentación recibe el comprador, qué trámites se presentan posteriormente y qué actuaciones dependen del Registro Mercantil, la AEAT o la entidad bancaria.

Puedes revisar previamente nuestro servicio de venta de sociedades y consultar el listado de sociedades disponibles.

Solicita la documentación necesaria para comprar una sociedad

Para solicitar la documentación necesaria para comprar una sociedad, envíanos la identificación de los compradores, el reparto previsto, los datos del nuevo administrador y los cambios que quieres realizar. Puedes consultar el listado de sociedades disponibles antes de iniciar el expediente.

Antes de la firma te indicaremos qué documentos faltan, qué información se entregará con la sociedad y qué trámites deben realizarse después de la compraventa.

Preguntas frecuentes sobre la documentación para comprar una sociedad

Respuestas prácticas sobre identificación, certificados, participaciones, poderes y documentos que deben revisarse antes de firmar.

¿Cuál es la documentación necesaria para comprar una sociedad?

La documentación necesaria para comprar una sociedad incluye la identificación del comprador, los porcentajes de compra, los datos del nuevo administrador y la información necesaria para identificar al titular real. También deben revisarse la escritura de constitución, los estatutos, el Libro Registro de Socios, la información registral, los certificados, las cuentas y los impuestos de la sociedad.

¿Qué documentación del comprador hay que enviar?

La documentación del comprador suele incluir DNI, NIE o pasaporte en vigor, domicilio, nacionalidad, datos de contacto y la información del reparto de participaciones. Si compra una persona jurídica o actúa un representante, serán necesarios documentos adicionales.

¿Puedo comprar una sociedad con NIE y pasaporte?

Comprar una sociedad con NIE y pasaporte es posible siempre que el comprador extranjero esté correctamente identificado. Normalmente aporta el NIE junto con su pasaporte o documento nacional de identidad en vigor.

¿Puede firmar un apoderado la escritura de compraventa de participaciones?

Un apoderado puede firmar la compraventa de participaciones siempre que el poder notarial contenga facultades suficientes para comprar y realizar los acuerdos previstos. Conviene revisar el poder antes de fijar la firma.

¿Qué documentación del vendedor debe revisarse?

La documentación del vendedor que debe revisarse incluye la escritura de constitución, los estatutos vigentes, las modificaciones posteriores, el Libro Registro de Socios, el NIF, la información registral y la documentación fiscal, contable y bancaria que corresponda.

¿Qué certificados de una sociedad conviene pedir?

Los certificados de una sociedad que conviene pedir, cuando proceda, pueden incluir los de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, la situación censal, las actividades declaradas y el estado del NIF. Cada certificado tiene un alcance concreto y debe interpretarse junto con el resto de la documentación.

¿Un certificado positivo garantiza que la sociedad no tiene riesgos?

Un certificado positivo no garantiza que la sociedad no tenga riesgos. Acredita una situación concreta en una fecha determinada y no sustituye la revisión de cuentas, impuestos, contratos, notificaciones, deudas y posibles procedimientos.

¿Cómo se acredita que una sociedad está inactiva?

Acreditar que una sociedad está inactiva requiere una revisión conjunta de la situación censal, las actividades declaradas, las cuentas, los impuestos, los movimientos disponibles y el historial documental. No existe un único documento que demuestre por sí solo toda la ausencia de actividad.

¿Qué datos necesito para cambiar el administrador?

Los datos necesarios para cambiar el administrador incluyen su identificación, domicilio, nacionalidad y aceptación del cargo, además de las declaraciones que correspondan. Si el administrador es una persona jurídica, debe designarse una persona física representante.

¿La cuenta bancaria queda operativa automáticamente después de comprar?

La cuenta bancaria no queda operativa automáticamente después de comprar la sociedad. El banco puede exigir la escritura, la inscripción del administrador, la identificación de socios y titulares reales, la actividad prevista y el origen de los fondos. La operatividad está sujeta a la aceptación de la entidad financiera.

¿Qué documentos recibe el comprador después de firmar?

Los documentos que recibe el comprador después de firmar dependen de la operación. Pueden incluir la escritura de transmisión, los acuerdos sociales, la constitución y estatutos, el NIF, el Libro Registro de Socios actualizado, certificados, cuentas, impuestos y justificantes de los trámites posteriores.

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