Transformar una SL en SA: gestionamos todo el proceso
Si tu Sociedad Limitada tiene un capital social de 60.000 €, podemos gestionar su transformación en Sociedad Anónima sin tener que disolver la empresa ni constituir una sociedad nueva.
Preparamos la documentación societaria, el acuerdo de Junta, el balance de transformación, la adaptación de estatutos, la coordinación notarial y la tramitación registral del expediente.
Precio del servicio
Transformación de SL a SA por 2.000 € + IVA
Este precio corresponde a un expediente estándar de transformación de una Sociedad Limitada que ya dispone de un capital social de 60.000 €. Antes de iniciar el trámite revisamos la sociedad y confirmamos que el expediente encaja en este supuesto.
Cambio de forma jurídica
¿Se puede transformar una Sociedad Limitada en Sociedad Anónima?
Sí. Una sociedad mercantil inscrita puede transformarse en otro tipo de sociedad mercantil. La empresa conserva su personalidad jurídica: no se liquida la SL para constituir una nueva SA.
La sociedad continúa existiendo
La transformación supone un cambio de tipo social. La empresa sigue siendo jurídicamente la misma sociedad, aunque pasa de estar organizada como SL a hacerlo como SA.
Se adaptan los estatutos
Los estatutos deben adecuarse a las reglas de una Sociedad Anónima y la estructura de participaciones de la SL pasa a organizarse mediante acciones.
Debe inscribirse
La operación se formaliza mediante escritura pública y debe inscribirse en el Registro Mercantil para que la transformación despliegue sus efectos.
Requisito económico
La Sociedad Anónima necesita 60.000 € de capital social
La cifra mínima legal de capital social de una Sociedad Anónima es de 60.000 €. Nuestro servicio estándar está pensado para Sociedades Limitadas que ya tienen esa cifra de capital social.
SL con 60.000 €
Es el supuesto estándar de nuestro servicio de transformación de SL a SA por 2.000 € + IVA, siempre que la revisión del expediente no revele otras particularidades.
SL con menos de 60.000 €
Si la sociedad todavía no alcanza el capital mínimo exigido para una SA, habrá que estudiar la ampliación de capital u operación correspondiente junto con la transformación.
Capital superior a 60.000 €
Si la sociedad tiene una cifra de capital superior, revisamos previamente el expediente. En este supuesto debes solicitar presupuesto antes de iniciar el trámite.
Procedimiento mercantil
Cómo se realiza la transformación de SL a SA
La transformación requiere preparar un expediente societario. No basta con acudir a notaría y cambiar las siglas de SL a SA.
Revisión de la sociedad
Comprobamos capital social, estructura de socios, estatutos y documentación disponible para determinar cómo debe plantearse la transformación.
Proyecto y balance
Se prepara el proyecto de transformación y el balance que deberá presentarse para la operación, junto con la documentación exigible según el expediente.
Acuerdo de la Junta
Los socios deben aprobar la transformación, el balance presentado y las menciones necesarias para adoptar la forma de Sociedad Anónima.
Notaría y Registro
Se otorga la escritura pública de transformación y posteriormente se presenta para su inscripción en el Registro Mercantil.
Documentación societaria
La Junta debe aprobar la transformación y un balance específico
Una de las partes fundamentales del procedimiento es preparar correctamente la documentación que los socios deberán aprobar.
Balance de transformación
La normativa exige un balance de la sociedad cerrado dentro de los seis meses anteriores a la fecha prevista para la reunión que deba aprobar la transformación.
También deben tenerse en cuenta las modificaciones patrimoniales significativas que se hayan producido posteriormente.
Acuerdo de la Junta General
La Junta debe aprobar tanto la propia transformación como el balance presentado y las menciones necesarias para que la sociedad pueda adoptar válidamente la forma de SA.
En una Sociedad Limitada, la transformación exige como regla legal el voto favorable de al menos dos tercios de los votos correspondientes a las participaciones en que se divide el capital social, sin perjuicio de lo que pueda exigir el expediente o los estatutos.
Gestión integral
Qué gestionamos para transformar tu SL en SA
Coordinamos las distintas fases del expediente para que la operación llegue correctamente preparada a notaría y posteriormente al Registro Mercantil.
Documentación societaria
Preparamos la documentación necesaria para plantear y aprobar la transformación conforme a la estructura concreta de la sociedad.
Adaptación de estatutos
Los estatutos deben adaptarse al régimen propio de una Sociedad Anónima y recoger correctamente la nueva estructura societaria.
Coordinación mercantil
Coordinamos la formalización notarial y la documentación necesaria para completar la inscripción de la transformación.
Formalización
La transformación de SL a SA se firma ante notario
El acuerdo societario debe elevarse a escritura pública. La escritura incorpora las menciones exigibles para la Sociedad Anónima resultante y la documentación correspondiente al expediente.
Escritura pública
La transformación debe documentarse en escritura pública. No es suficiente con un acuerdo privado entre los socios.
Estatutos de SA
En la escritura se incorpora la estructura estatutaria correspondiente a la Sociedad Anónima resultante.
Inscripción registral
Una vez formalizada la operación, la escritura se presenta en el Registro Mercantil competente para completar la transformación.
Según el expediente
¿Hace falta auditor o experto independiente?
No todos los expedientes de transformación de SL a SA requieren exactamente la misma documentación.
Auditor de cuentas
Cuando la sociedad que se transforma está obligada legalmente a someter sus cuentas a auditoría, el balance presentado para la transformación debe acompañarse del correspondiente informe del auditor.
Experto independiente
En una transformación a Sociedad Anónima, el informe de experto independiente se limita legalmente a la valoración de aportaciones no dinerarias cuando éstas existan.
Antes y después
Qué cambia al pasar de Sociedad Limitada a Sociedad Anónima
La empresa mantiene su personalidad jurídica, pero adopta las reglas propias del nuevo tipo societario.
| Elemento | Antes | Después |
|---|---|---|
| Forma jurídica | Sociedad Limitada | Sociedad Anónima |
| Capital social mínimo | Régimen propio de la SL | Mínimo 60.000 € |
| Capital representado mediante | Participaciones sociales | Acciones |
| Personalidad jurídica | La misma sociedad | Se conserva |
| Formalización | SL inscrita | Escritura e inscripción de la transformación |
Presupuesto
Cuándo se aplica el precio de 2.000 € + IVA
Nuestro precio corresponde a un supuesto estándar. Si la operación requiere actuaciones adicionales, revisamos previamente el expediente.
Capital de 60.000 €
Expediente estándar sujeto a revisión previa: 2.000 € + IVA.
Capital superior
Si la sociedad tiene un capital social superior a 60.000 €, consúltanos para valorar la documentación y el alcance concreto de la operación.
Otras operaciones
Si hay ampliación de capital, aportaciones no dinerarias, cambios adicionales de estatutos u otras particularidades, se estudia y presupuesta el expediente.
¿Tu SL tiene 60.000 € de capital?
Envíanos los datos de la sociedad y revisaremos si el expediente encaja en nuestro servicio estándar de transformación de Sociedad Limitada a Sociedad Anónima por 2.000 € + IVA.
Preguntas frecuentes
Dudas sobre transformar una SL en SA
Las preguntas más habituales antes de iniciar una transformación societaria.
¿Se puede transformar una SL en SA?
¿Cuánto capital necesita una Sociedad Anónima?
¿Cuánto cuesta transformar una SL en SA con vosotros?
¿Qué ocurre si mi SL tiene menos de 60.000 €?
¿Y si mi sociedad tiene más de 60.000 € de capital?
¿Hay que celebrar una Junta General?
¿Hay que aprobar unas cuentas para transformar la SL?
¿La transformación se hace ante notario?
¿La sociedad pierde su antigüedad al pasar de SL a SA?
¿Hace falta un experto independiente?
¿Cuándo es efectiva la transformación?
Solicita la transformación de tu SL en SA
Indícanos el nombre de la sociedad, su capital social actual y cualquier particularidad que consideres relevante. Revisaremos el expediente antes de confirmar la tramitación.