Modelo 190 ¿Qué es y cuando se presenta?

modelo 190

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El modelo 190 de la AEAT, también conocido como “Declaración Informativa de Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF”, es un documento esencial que deben presentar las empresas y entidades en España.

Su finalidad es informar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre las retenciones fiscales realizadas a sus trabajadores y profesionales a lo largo del año fiscal.

En esta guía completa, te brindaremos información relevante sobre el modelo 190, desde su función principal hasta los plazos de presentación y las posibles sanciones en caso de incumplimiento.

El modelo 190 es una declaración informativa que tiene como objetivo recopilar y reportar todas las retenciones e ingresos a cuenta realizados por una empresa o entidad durante un año fiscal determinado.

Estas retenciones se aplican sobre los rendimientos del trabajo, actividades económicas, arrendamientos, premios y otros conceptos sujetos a retención.

¿Qué es el modelo 190?

El modelo 190 es el modelo el cual incluye todas las retenciones e ingresos anuales sobre el IRPF que se han presentado cada trimestre mediante el modelo anual 111, tanto empresas como autónomos mediante su DNI, presentarán el modelo para liquidar retenciones en las facturas de los trabajadores u otros profesionales o empresarios.

También se utiliza en situaciones especiales, como premios u otras plusvalías, como herencias.

¿Quién debe presentarlo?

El modelo 190 debe ser presentado por todas las empresas y entidades que realicen retenciones fiscales a sus trabajadores y profesionales.

Esto incluye a empleadores, autónomos, sociedades y otros contribuyentes que realicen pagos sujetos a retención.

Incluso si durante el año fiscal no se han realizado retenciones, es necesario presentar el modelo 190 indicando esta circunstancia.

  • Ingresos laborales (nómina del responsable).
  • Rentabilidad económica, incluida la rentabilidad profesional.

También se incluyen en esta categoría las bonificaciones obtenidas de juegos o concursos, así como donaciones y planes de pensiones.

¿Cuándo hay que presentar el Modelo 190?

El Modelo 190 debe presentarse de forma trimestral. A continuación, se detallan los plazos de presentación para cada trimestre:

  1. Primer trimestre (enero a marzo): El plazo de presentación abarca desde el 1 al 20 de abril.
  2. Segundo trimestre (abril a junio): El plazo de presentación abarca desde el 1 al 20 de julio.
  3. Tercer trimestre (julio a septiembre): El plazo de presentación abarca desde el 1 al 20 de octubre.
  4. Cuarto trimestre (octubre a diciembre): El plazo de presentación abarca desde el 1 al 31 de enero del año siguiente.

Es importante tener en cuenta que estos plazos pueden estar sujetos a cambios o modificaciones por parte de la Agencia Tributaria. Por ello, es recomendable consultar el calendario fiscal actualizado para asegurarse de cumplir con las fechas límite de presentación.

¿Qué diferencia hay entre los modelos 111 y 190?

El Modelo 111 y el Modelo 190 son declaraciones fiscales relacionadas con las retenciones de impuestos, pero se diferencian en su ámbito de aplicación y en los sujetos obligados a presentarlos.

Aquí te explico las diferencias entre ambos:

  1. Ámbito de aplicación:
    • Modelo 111: Este modelo se utiliza para declarar las retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se realizan sobre rendimientos del trabajo, como salarios, pensiones o retribuciones a administradores.
    • Modelo 190: Por su parte, el Modelo 190 se utiliza para declarar las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que se realizan sobre rendimientos del trabajo, profesionales, premios y determinadas ganancias patrimoniales, cuando son abonados por personas o entidades que no actúan como empleadores.
  2. Obligados a presentarlos:
    • Modelo 111: Deben presentar el Modelo 111 las empresas y empleadores que realicen pagos sujetos a retención a sus trabajadores o profesionales, ya sean asalariados, pensionistas o administradores.
    • Modelo 190: Por su parte, el Modelo 190 debe ser presentado por todas las empresas y entidades que realicen retenciones fiscales a sus trabajadores y profesionales, incluyendo empleadores, autónomos, sociedades y otros contribuyentes.
  3. Periodicidad de presentación:
    • Modelo 111: Este modelo se presenta de forma trimestral, dentro de los 20 primeros días naturales siguientes al final de cada trimestre.
    • Modelo 190: El Modelo 190 también se presenta de forma trimestral, dentro de los 20 primeros días naturales siguientes al final de cada trimestre.

En resumen, la diferencia principal entre el Modelo 111 y el Modelo 190 radica en el ámbito de aplicación y los sujetos obligados a presentarlos. Mientras que el Modelo 111 se centra en las retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, el Modelo 190 abarca una mayor variedad de rendimientos y se presenta por parte de un espectro más amplio de contribuyentes.

Descargar el modelo 190 en PDF.

Puedes descargarte el modelo 190 aquí.

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