Modelo 111 – ¿Qué es, descarga PDF, presentación…?

modelo 111

Índice

El modelo 111 es un formulario que se presenta para la AEAT , que deben realizar las empresas y autónomos presentan trimestral o mensualmente (para grandes empresas),

Se declaran las retenciones e ingresos a cuenta el rendimientos del trabajo, las actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta de la persona física.

¿Qué es el modelo.111 de la AEAT(Agencia Tributaria)?

El modelo.111 es el formulario de la Agencia Tributaria el cual corresponde a la declaración trimestral de las retenciones del IRPF de los trabajadores, profesionales y empresarios.

Descargar modelo 111 pdf

Puedes descargar y rellenar el modelo 111 en PDF haciendo clic en “modelo 111 PDF

¿Quién tiene que presentarlo el Modelo n-111?

Para cualquier tipo de empresario, profesional o sociedad mercantil, cada trimestre o mes correspondiente (mensual para grandes empresas), la parte de retención (descontada) corresponde a sueldos de empleados, facturas profesionales, facturas de compra de determinadas actividades, etc.

¿Para qué sirve?

El Modelo 111 de hacienda es una autoliquidación mediante la cual las empresas y los autónomos presentan las retenciones que ha habido en las nóminas de los trabajadores, emitir facturas a los profesionales, recompensas y retenciones para determinadas ganancias de capital y estimaciones de ingresos.

¿Cuándo se tiene que presentar?

La fecha límite para enviar el Formulario 111 es 20 días después del final de cada trimestre.

  • Primeros tres meses: del 1 al 20 de abril (ambos inclusive).
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio (inclusive). Tercer trimestre: 1 al 20 de octubre (ambas fechas inclusive).
  • Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero (ambos inclusive).

Si el final del semestre coincide con un sábado, domingo o festivo, se hará el siguiente día hábil del mes.

Se puede presentar de las siguientes maneras:

  • Electrónicamente, a través de la página web de la agencia tributaria. Debe utilizar una firma digital (certificado o DNI electrónico) o utilizar Cl @ ve PIN (solo personas físicas) para identificarse.
  • En papel, el Departamento de Hacienda presta un servicio en su sede electrónica para facilitar la impresión de impuestos. Posteriormente tendrás que mostrarlo en la entidad colaborativa. Si es negativo, deberás estar en la delegación correspondiente a ti.

¿Cómo se rellena el formulario n-111?

Dicho formulario se rellana con datos requeridos para completar el formulario son los datos correspondientes a la factura o recibo de gastos durante el período de informe del destinatario cuyo gasto hemos retenido. Si se almacena correctamente, obtendremos rápidamente esta información en registros de gastos o libros contables.

Identificación: Si opta por demostrar su autoevaluación mediante una pre-declaración, es decir, para poder llevarla al banco, deberá colocar una etiqueta identificativa. Si no están disponibles, es suficiente completar los datos de identificación requeridos al comienzo de la pre-declaración.

El Modelo 111 requiriere una serie de datos para cumplimentar correctamente, que se pueden encontrar en la factura de gastos o recibo del período correspondiente, y retenemos el destinatario del gasto.

¿Modelo 111 autónomos?

Los autónomos también tiene que presentar este modelo, el sistema es igual que si fuera una empresa cada tres meses tiene que entregar a la AEAT (Hacienda Tributaria) el porcentaje de dinero que no ha abonado en las nominas de sus trabajadores o a otros profesionales autónomos subcontratados reflejándolo en las facturas.

¿Y si se me pasa el plazo, lo puedo presentar el Modelo 111?

Presentar el Modelo 111 fuera de plazo significa que este es un requisito o sanción en función de si se da cuenta de que se ha olvidado de sí mismo o que el Ministerio de Hacienda le informó a través de una solicitud.

Si encuentras un error y no necesitas al Ministerio de Hacienda, debes plantearlo lo antes posible.

  • De esta manera, solo se agregarán los siguientes costos adicionales al monto que ingrese: En menos de tres meses: recargo del 5%
  • Entre 3 y 6 meses: recargo del 10%
  • Entre las 6 y las 12: recargo del 15%
  • Dentro de doce meses: recargo 20%

Por el contrario, si la autoridad tributaria se entera antes, enfrentará sanciones basadas en lo siguiente:

  • Infracciones menores: deje de ingresar el 50% del total de la multa.
  • Infracción grave: 100% multa Delito muy grave: multa del 150%.

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