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SLU ¿Qué es, responsabilidad, constitución?

Sociedad limitada unipersonal

SLU son las siglas; Sociedad Limitada Unipersonal.

La SLU es un tipo de sociedad mercantil, la cual define la responsabilidad que es limitada y la unipersonalidad que quiere decir que tan solo tiene un socio.

¿Qué es una SLU (Sociedad Limitada Unipersonal ? 

Una SLU para abreviar, es igual que una sociedad de responsabilidad limitada (S.L) la diferencia es que el dueño de todas las participaciones es solo un socio ya sea una persona jurídica o física.

Es un tipo de sociedad mercantil en el cual tiene las características que es la responsabilidad es limitada y que es unipersonal.

Dicha unipersonalidad hay que notificar al Registro Mercantil Central (RMC) tanto al adquirirla como al perderla (cuando entra un socio más).

Quiere decir que si una sociedad tiene 3.000 participaciones a un 1 € nominal, habrá un socio como hemos dicho anteriormente ya sea física o jurídica que tenga todas las participaciones, por lo cual la unipersonalidad quiere decir socio único.

¿La unipersonalidad se registra?

Si, dicha unipersonalidad se tiene que inscribir en el Registro Mercantil como hemos mencionado.  ya sea cuando se constituye o cuando se compran todas las participaciones en el cual se tiene que realizar unos cambios sociales e incluir la unipersonalidad, ya que la compraventa no se registra

¿Cómo se “pierde” la unipersonalidad es una sociedad?

Para que una sociedad unipersonal deje de serlo, tan solo el socio único tiene que vender como mínimo una de sus participaciones de esta manera se pierde la unipersonalidad y dicha sociedad pasaría a una sociedad limitada.

Esta pérdida tiene que quedar constancia en el Registro Mercantil.

¿Es una sociedad limitada unipersonal, el administrador y el socio único tienen que ser la misma persona?

No, como se componga la sociedad limitada unipersonal, no tiene que ser que el administrador sea la misma persona que el socio único, ya que puede ser diferentes personas o también diferentes figuras jurídicas, ya que en una SLU es igual que una SL y en ese aspecto se

¿Una sociedad anónima puede ser SAU?

Si, lo único que variará es que se le incluirá la U como en la SL quedando SAU y como en una sociedad limitada, el socio solo será uno.

Ventajas e inconvenientes tiene constituir una sociedad limitada unipersonal.

Exponemos las ventajas y desventajas que tiene una sociedad limitada unipersonal (S.L.U) extraído de la web CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas)

Ventajas de una sociedad limitada unipersonal:

  • Modalidad apropiada para la pequeña y mediana empresa, con socios perfectamente identificados e implicados en el proyecto con ánimo de permanencia. Régimen jurídico más flexible que las sociedades anónimas.
  • La responsabilidad de los socios por las deudas sociales está limitada a las aportaciones a capital, siendo el mínimo de 3000 €
  • Libertad de la denominación social.
  • Gran libertad de pactos y acuerdos entre los socios.
  • Capital social mínimo muy reducido y no existencia de capital máximo.
  • No existe porcentaje mínimo ni máximo de capital por socio.
  • Posibilidad de aportar el capital en bienes o dinero.
  • No es necesaria la valoración de las aportaciones no dinerarias por un experto independiente, tampoco su intervención o la de un auditor en ampliaciones de capital.
  • Sin límite mínimo ni máximo de socios.
  • Posibilidad de nombrar Administrador con carácter indefinido.
  • Posibilidad de organizar el órgano de administración de diferentes maneras sin modificación de estatutos.
  • Se puede controlar la entrada de personas extrañas a la sociedad.
  • No existe un número mínimo de socios trabajadores.
  • Fiscalidad interesante a partir de determinado volumen de beneficio.
  • Posibilidad de fijar un salario a los socios que trabajen en la empresa, además de la participación en beneficios que le corresponda.

Inconvenientes de una sociedad limitada unipersonal:

  • Restricción en la transmisión de las participaciones sociales, salvo cuando el adquirente sea un familiar del socio transmitente.
  • La garantía de los acreedores sociales queda limitada al patrimonio social.
  • Obligatoriedad de llevar contabilidad formal.
  • Complejidad del Impuesto sobre Sociedades.
  • No hay libertad para transmitir las participaciones.
  • Necesidad de escritura pública para la transmisión de participaciones.
  • En cuanto a la gestión, mayores gastos que el empresario individual o las comunidades de bienes o sociedades civiles.
  • Prohibición de competencia al Administrador, salvo autorización de la Junta.
  • Los socios siempre son identificables.
  • No puede emitir obligaciones.
  • No puede cotizar en Bolsa.

¿SLU o Autónomo?

La SLU es una sociedad mercantil, por la cual tiene unas ventajas frente a ser autónomo, ya que en una sociedad se pueden vender las participaciones o acciones y cambiar la junta administrativa, quedando de esta manera “fuera” de la sociedad, en cambio el ser autónomo, es una persona física la cual actúa como una empresa, por ello no dispone de participaciones o acciones para vender y desvincularse.

Nosotros constituimos todo tipo de sociedades incluyendo naturalmente la sociedad limitada unipersonal (S.L.U) aunque siempre recomendamos la sociedad de responsabilidad limitada (S.L), ya que la responsabilidad fiscal de los socios solo recae en las participaciones aportadas y no en sus bienes personales.

Si necesita más información sobre una sociedad limitada unipersonal (S.L.U) o cualquier otro tipo de sociedad nuestro equipo de asesores mercantiles le asesoraran y solventará cualquier duda, puede llamarnos por teléfono o concretar una cita previa en alguna de nuestras oficinas situadas en Barcelona o Madrid.

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