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Junta universal de una sociedad mercantil.

La Junta universal basada en el acuerdo con el artículo 178 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) (anteriormente artículo 99 de la Ley No 2/1995 de 23 de marzo de Sociedades Anónimas Cotizadas (LSA) y artículo 99 de 23 de marzo (Sociedades de Responsabilidad Limitada).

Siempre que Quienes existan o representen la totalidad del capital social y asistan a la junta aceptan por unanimidad la convocatoria de la junta, quedando efectivamente constituida la junta general de accionistas para tratar cualquier punto del orden de ducha junta sin previo aviso.

La junta universal se caracteriza que en la reunión no es que todos los socios participen en la reunión, sino que todos deciden realizar la reunión y aceptar la agenda sin convocar con anticipación.

Por lo tanto, si todos los socios han participado en la reunión, la reunión no se convertirá en una junta general a menos que todos los socios lo permitan expresamente.

¿Pero, que es una Junta Universal?

La junta universal son un mecanismo de respuesta que puede atender la necesidad de agilizar la toma de decisiones en empresas con un número reducido de socios.

Junta universal

En este mecanismo los requisitos formales para la celebración de una junta general de accionistas suelen ser innecesarios y demasiado rígidos.

Como saben, la junta de accionistas de una sociedad de capital puede ser ordinaria o de manera extraordinaria.

En lo que a ella respecta, siempre que se hayan acordado todos los capitales sociales asistentes o asistentes a la junta, y todos los presentes en la junta hayan acordado la celebración de la junta, se considerará que la junta tiene la capacidad de formar efectivamente la junta para tratar cualquier asunto sin previa convocatoria.

Tipos de juntas

La junta ordinaria, la junta extraordinaria, y la junta universal

Son las más comunes, estas variarán según la agenda, los socios que deben estar presentes o la hora y el lugar de la reunión.

Comprender las diferencias entre ellos puede ayudarlo a evitar requisitos formales innecesarios en muchos casos.

La mayoría de sociedades limitada elige este sistema.

Ahora, si mantenemos el hecho de que no se deben olvidar algunas de las formalidades requeridas para convocar la reunión, usted estará sujeto a las demás formalidades requeridas para la reunión, incluida la redacción de las minutas de la reunión pertinentes con el rigor y los requisitos de los requisitos de LSC.

Por lo tanto, es esencial registrar el acta de la reunión, registrar el acta de la reunión y registrar las firmas correctas de todos los socios / accionistas que asistieron a la reunión. En ocasiones, las relaciones basadas en la confianza y / o la amistad suelen ignorar el último aspecto.

Sin embargo, es absolutamente necesario hacerlo para evitar el método informal de negar la existencia de tales acuerdos para obtener ganancias en caso de disputas entre socios o la necesidad de vender acciones. Las negociaciones económicas van más allá de los intereses sociales.

JUNTA ORDINARIA

Junta ordinaria de accionistas: La junta debe realizarse dentro de los primeros 6 meses de cada año fiscal.

Para ello, se debe realizar una reunión con anticipación.

Debes aprobar las cuentas de años anteriores.

Resuelve los resultados de la aplicación. Aprobar la gestión social.

JUNTA EXTRAORDINARIA

Junta extraordinaria se considerará una junta especial.

En tales juntas, el acuerdo alcanzado implica: Cambiar el domicilio social de la empresa.

Revisar el propósito de la empresa Cambios en el patrimonio La transferencia de acciones en el sistema interno ha cambiado.

JUNTA UNIVERSAL

En lo que a junta universal se refiere, aunque no se cumplan los requisitos legales para la celebración de juntas, su principal singularidad radica en mantener la vigencia de su estatuto y acuerdos.

Si todos los socios asistieron a la junta o enviaron representantes a la junta y acordaron realizar la junta sin renunciar a los requisitos habituales de convocatoria, la reunión se considerará una junta universal.

Por tanto, las principales características que definen la junta universal son las siguientes:

  • Es una junta que no se llama requerir la presencia o representación plena de los socios que representen la totalidad del capital social.
  • La junta debe celebrarse por unanimidad.
  • Los artículos diarios deben ser aprobados por decisión igualmente unánime.
  • Puede ser cualquier tipo de asunto.
  • Se puede llevar a cabo en cualquier lugar.
  • Los acuerdos no necesitan ser aprobados por unanimidad.
  • Una vez constituida válidamente la asamblea universal, no es necesario que todos los socios permanezcan durante su celebración, siempre que el número de personas restantes sea suficiente para hacer arreglos válidos.
  • La agenda se puede aumentar o disminuir siempre que todos los socios estén presentes y la acepten.

El certificado emitido debe indicar que se trata de una junta universal, las firmas de todos los socios y / o representantes deben constar en el acta y el lugar donde se realizará la junta universal.

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