Fraccionamiento del pago en el Impuesto de sociedades

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A continuación haremos un resumen en lo relacionado sobre el fraccionamiento del pago del impuesto de sociedades ya en las diferentes tipo de sociedades. (Actualizado: Abril de 2017)

El fraccionamiento del pago del impuesto de sociedades es una pregunta muy habitual en nuestros clientes interesados en la compra de alguna de nuestras sociedades.

Fraccionamiento del pago del impuesto de sociedades

Deben pagar impuestos de sociedades:

A) Entidades diversas, siempre que tengan personalidad jurídica propia. Incluyen pero no se limitan a:

Las sociedades mercantiles: Anónimas, Limitadas, colectivas, laborales, etc.

Las sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales.

Las sociedades cooperativas y las sociedades agrarias de transformación.

Nota:

Los autónomos, las empresas privadas o las comunidades de activos no son sujetos pasivos del impuesto de sociedades. Esta última entidad tributa bajo el sistema de atribución de ingresos (IRPF). Bajo este sistema, los ingresos devengados por la entidad pertenecen al socio, y el socio declarará los ingresos de acuerdo con la proporción del interés de la entidad involucrada. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2016, las empresas privadas con personalidad jurídica para fines comerciales también se convertirán en contribuyentes del impuesto de sociedades.

B) Además, las siguientes entidades carecen de personalidad jurídica propia:

Fondo de inversión Unión temporal de la empresa

Fondo de capital riesgo pensión

Fondo Regulador del Mercado Hipotecario

Fondo de titulización hipotecaria

Fondo de titulización de activos

Fondos de garantía de inversión

Estos contribuyentes están obligados a ingresar una determinada cantidad de deuda “en la cuenta”, que corresponde a la deuda que asumen al final del año. De esta forma, deberán pagar en tres trimestres según cuentas y resúmenes anuales.

Nota:

Sin embargo, la Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) no está obligada a pagar cuotas (Disp.Adic.6ª del RDL 1/2010, es decir, 2 de julio) dentro de los dos primeros años desde la fecha de constitución de la sociedad. Aprobación de la Ley de Sociedades de Capital.

Los contribuyentes tributarán sobre todas las rentas que perciban, independientemente de dónde se produzca y donde se encuentre el contribuyente, debiendo presentar declaraciones de impuestos independientemente de que hayan realizado actividades durante el período impositivo. Y si se ha obtenido la renta imponible.

La fiscalidad depende de la residencia en España. Se considerarán residentes en territorio español las entidades que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

Están registrados bajo la ley española. Existe un domicilio social en territorio español. Disponen de una eficaz sede de gestión en territorio español. A tal efecto, debe entenderse que cuando la gestión y el control de todas las actividades de una entidad se ubiquen en territorio español, la entidad se gestionará efectivamente en territorio español.

Pago a plazos del impuesto sobre la renta de las sociedades

Durante los primeros 20 días calendario de los meses de abril, octubre y diciembre, los contribuyentes deberán realizar pagos de cupón cero con base en el monto de liquidación correspondiente a 1 período contributivo en curso por cada mes de cada uno de los meses indicados. Se fabricará en los modelos 202 y 222.

La base para el cálculo del monto de la tasa será la totalidad del período impositivo anterior, es decir, el primer día de los 20 días naturales mencionados en el estado anterior, y luego de que expire el período de aplicación legal, menos los mencionados en la ley tributaria. Deducciones y bonificaciones. Impuestos corporativos, anticipos y anticipos correspondientes.

Para el período impositivo que comienza el 1 de enero de 2016, la tasa impositiva general aplicable es del 25%, excepto en los siguientes casos:

Cooperativas protegidas financieramente: 20%

Pequeñas empresas con una facturación neta inferior a 10 millones de euros: 25%. Microempresas con una facturación inferior a 5 millones de euros y menos de 25 empleados: 25%

Al 1 de enero de 2015, para las nuevas entidades creadas en los dos primeros períodos impositivos con base imponible positiva: 15%.

Una vez calculada la tarifa de diferencia, el pago a plazos será el resultado de aplicar el 18% a la tarifa.

Declaración anual del impuesto sobre la renta de las sociedades

Cada año, deben liquidar todos los ingresos obtenidos mediante la presentación de una declaración de impuestos final. Las declaraciones de impuestos corporativos no tienen un período de presentación único para todos los contribuyentes. En cambio, cada contribuyente tiene su propio período, que depende de la fecha de finalización del período impositivo (que es consistente con el año fiscal de cada entidad) y no necesita exceder diez Dos meses. La declaración de impuestos debe presentarse dentro de los 25 días calendario seis meses después del final del período impositivo. De esta forma, aquellas empresas cuyo ejercicio fiscal coincida con el año natural (que es el caso más común) deberán aportar ganancias anuales antes del 25 de julio del año siguiente. Se fabrica en modelos 200 y 220.

MODELOS Y FORMA DE PRESENTACIÓN

Para entidades con forma jurídica de sociedad anónima (SA) o sociedad limitada (SL), y para contribuyentes con titulación de gran empresa (adicional a la oficina central de representación de un gran contribuyente o al departamento de gestión de una gran empresa).


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